Requisitos de la formación para que pueda ser bonificable

Solamente si se cumplen los siguientes requisitos, la empresa podrá ejecutar la bonificación correspondiente a la formación recibida.

Requisitos de la formación
  • Debe responder a una necesidad formativa real, inmediata y específica de las empresas y sus trabajadores.
  • Modalidad: presencial, teleformación o mixta.
    • Sólo se permitirá bonificar formación a distancia hasta el 31 de Diciembre de 2015
  • La duración del curso debe ser de al menos 2 horas. NO se considerará formación a cualquier actividad de índole informativa y/o divulgativa que no forme parte de un proceso de formación.
  • Los trabajadores no podrán asistir a más de 8 horas diarias de formación.
  • Se deberá informar en tiempo y forma a los Representantes Legales de los Trabajadores de la organización de dicha formación.
  • La empresa deberá informar a los participantes que dicha formación está cofinanciada por los organismos correspondientes.
  • La entidad organizadora de la formación deberá custodiar todos los documentos justificativos de la formación.
  • Al finalizar la formación, la entidad organizadora deberá entregar unos certificados de participación a todos los alumnos. Dichos participantes firmarán un acuse de recibo de dichos certificados.
  • Al finalizar la formación, la entidad organizadora facilitará a los participantes el cuestionario de evaluación de calidad que deberán estar cubiertos con veracidad y rigor.

* Competencias transversales prioritarias para 2015

Mientras no se elabore el escenario plurianual ni el informe anual de necesidades formativas, tendrán la consideración de acciones prioritarias a efectos de la programación formativa, al menos, aquéllas relacionadas con las competencias de idiomas, ofimática y tecnologías de la información y comunicación, conocimientos financieros, jurídicos y del funcionamiento de las Administraciones públicas.